¿A situaciones extraordinarias, medidas extraordinarias?

Imagen de la portada de la convención

admin

03 Mayo, 2020

Institucional

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La crisis histórica que afrontamos, la información y los datos de otras situaciones de emergencia revelan que las personas con discapacidad tienen más probabilidades de quedarse atrás o ser totalmente abandonadas debido a la falta de preparación y planificación, así como a la inaccesibilidad de las instalaciones y los servicios y de los sistemas necesarios.
 
Por eso, hoy más que nunca tenemos que unirnos para recordar y reclamar lo que la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad debe significar para toda la sociedad. No podemos olvidar que los Estados Parte, como es el nuestro, nos comprometimos con orgullo a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás. 
 
Así, su artículo 11, relativo a situaciones de riesgo y emergencias humanitarias, destaca la obligación de adoptar “todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en dichos casos”.
 
Para lograrlo, resulta esencial incorporar la discapacidad en las actividades de preparación y respuesta en situaciones de emergencia, reconociendo las cuestiones de discapacidad y a las personas con discapacidad en los planes de acción, las políticas, recursos económicos y medidas nacionales e internacionales que se aprueben.
 
El artículo 25 recoge que las personas con discapacidad tienen el derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad y la Convención es un imperativo legal directamente invocable en nuestro ordenamiento jurídico. Como señala el manifiesto del CERMI, debemos reclamarlo y exigirlo. El sistema sociosanitario tiene que adaptarse y estar preparado para que todos seamos tratados en igualdad, tenemos que seguir avanzando.
 
Yo siempre recuerdo en mis intervenciones lo que ya decía Aristóteles, cuando trataba sobre la igualdad justa, la igualdad para los iguales es la desigualdad para los desiguales, tanto en el día a día como en circunstancias extraordinarias.
 
En este sentido, quiero poner de ejemplo una de las medidas impulsadas desde el Cermi con la colaboración de Fundación ONCE, cuyo fin viene reforzado por los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030: NO DEJAR A NADIE ATRÁS.
 
Me refiero a la exención aprobada por el Real Decreto Ley 15/2020, que exime del IVA, entre otros, a los productos sanitarios de protección personal contra el contagio del coronavirus como mascarillas, guantes, batas, etc., facilitando la adquisición de estos productos a las administraciones, a los centros y clínicas hospitalarias y a las organizaciones sociales sin ánimo de lucro, resultándoles más asequibles al no tener que tributar.
 
Además, esta norma incluye entre otros productos el “transporte para personas con discapacidad (sillas de ruedas)”.
 
Una propuesta que contó con la receptividad del Ministerio de Hacienda y que favorece atenuar el impacto devastador que está desencadenando la actual pandemia en la sociedad española en su conjunto, y más intensamente en la población de edad avanzada y en la que tiene una discapacidad. 
 
Miguel Angel Cabra de Luna
Director de Alianzas, Relaciones Sociales e Internacionales
Fundación ONCE
 

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