Mercado único de TICs accesibles, ¿qué problemas enfrenta?

Collage de fotografías de accesibilidad

admin

05 Febrero, 2016

Accesibilidad Universal

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Hoy día, los derechos de las personas con discapacidad tienen, por primera vez en la historia, una importante presencia en la agenda política internacional. En 2006, se aprobó la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que trata la discapacidad como una cuestión de derechos humanos y no desde una perspectiva médica o de caridad. 
 
El Artículo 9, en particular, establece las obligaciones de accesibilidad de los estados para asegurar que todos los ciudadanos tengan una vida independiente y participen plenamente en la sociedad, incluso las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y la Internet.
 
La posterior firma y ratificación de este tratado por parte de la Unión Europea (UE) y por 25 de sus 28 estados miembros, implica un compromiso hacia el desarrollo de medidas que garanticen la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad.
 
En 2014, como resultado del mandato 376 de la UE, se aprobó la norma EN 301 549 que establece los requisitos de accesibilidad necesarios para la contratación pública de productos y servicios TICs en Europa. 
 
A estos adelantos en la legislación hay que añadir los obtenidos en la tecnología que han contribuido a solventar muchas barreras que enfrentan las personas con discapacidad. De hecho, los resultados del Plan de vigilancia de tecnología para todos, de la Fundación ONCE, muestran un nivel de actividad interesante en el ámbito de la innovación de productos TIC accesibles en el mundo.
 
No obstante, a pesar de que estos avances y la labor realizada por organizaciones como la Fundación ONCE, han conseguido una mayor inclusión social de la población con discapacidad, las cifras de participación y de acceso al empleo en toda Europa siguen siendo desalentadoras. 
 
Según un estudio de Eurostat, la tasa de empleo de personas con discapacidad en los 28 estados miembros de la UE fue de 47,8% en 2011, y la de aquellas sin discapacidad, un 66,9%. En el ámbito de la educación se observó que solo el 6,9% de europeos con discapacidad tuvieron acceso a programas de formación y educación permanente (lifelong learning), comparado con el 9,6% registrado en el caso de los ciudadanos sin discapacidad. 
 
En cuanto a la inclusión social, el estudio de Eurostat señala que la tasa de riesgo de exclusión entre personas sin discapacidad fue de 21,4%, mientras que la de personas con discapacidad alcanzó casi el 30%. 
 
Una de las razones que explican estas cifras es que el mercado de la accesibilidad actual está muy segmentado y presenta una serie de problemas que dificultan la compra de productos TICs accesibles. La adquisición de productos de apoyo sigue siendo limitada, ya que tiene que hacerse a través de organizaciones como la ONCE, lo que deja a los usuarios con discapacidad sin mucha libertad de selección.
 
El alto precio de muchos productos TIC accesibles es otra razón importante. A ella hay que añadir la tendencia entre los distribuidores a no proveer información sobre los fabricantes, lo que impide a las personas con discapacidad buscar otras alternativas de precio de un mismo producto.
 
Otra barrera que dificulta la puesta en marcha de un mercado de accesibilidad europeo, de acuerdo con un informe publicado por Deloitte, es el incumplimiento de la normativa vigente y la escasa aplicación de sanciones, lo que también limita la participación de las personas con discapacidad como clientes y consumidores. 
 
En la legislación española, además de ser de aplicación la Convención de la ONU y las normativas europeas antes mencionadas, la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre) establece las condiciones básicas de accesibilidad para garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
Sin embargo, los resultados del Observatorio de Accesibilidad TIC que lleva a cabo la Fundación ONCE, evidencian un reiterado incumplimiento de las normativas de accesibilidad, particularmente, en lo que respecta a los servicios web. 
 
Las páginas web de empresas como Endesa, Movistar, Zara o El Corte Inglés mostraron niveles deficientes de accesibilidad. Problemas parecidos fueron observados en plataformas de e-learning, como Moodle o Sakai, recursos básicos de educación primaria y bachiller y libros electrónicos. 
 
Como medida para solventar estos problemas, la Comisión Europea (CE) ha propuesto la aprobación de la European Accessibility Act (EAA), que busca homogenizar las normativas de accesibilidad vigente en los 28 estados miembros. La propuesta parte de la premisa de que el incumplimiento reiterado de las normativas de accesibilidad se debe a que muchos requisitos exigidos por los países miembros varían entre sí, lo que supone gastos adicionales para los fabricantes. 
 
Según la CE, la EAA impulsará el crecimiento de oportunidades de negocio para las empresas que desarrollen servicios y productos accesibles, incrementará oportunidades de empleo y tendrá un impacto positivo en las arcas públicas. 
 
Estas expectativas se han hecho en base a la experiencia estadounidense, que gracias a sus normativas de accesibilidad ha experimentado el crecimiento de un exitoso mercado de accesibilidad. 
Sin embargo, algunos defensores de la accesibilidad y personalidades del movimiento asociativo de Estados Unidos, como Debra Ruh, denuncian que la inclusión de las personas con discapacidad no está completa. Consultores de accesibilidad, como Karl Groves, señalan muchas empresas enfrentan muchas dificultades para construir casos de negocios de accesibilidad porque perciben la accesibilidad como algo añadido y no como una parte integral de un producto bien hecho.
 
Tampoco resulta fácil adquirir productos accesibles en el mercado. Muchos se obtienen a través del Gobierno Federal. Además, algunos servicios siguen siendo inaccesibles. En febrero de 2015, la Universidad de Harvard y la Massachusetts Institute of Technology fueron demandadas por no incorporar subtítulos en su material educativo online. 
 
Lo que demuestra hasta ahora tanto la experiencia europea como la estadounidense en materia de accesibilidad es que aunque las leyes son, sin lugar a dudas, un importante aliciente para hacer realidad una sociedad verdaderamente libre de barreras y un mercado de accesibilidad sólido, no son suficientes. Queda mucho trabajo por hacer, sobre todo, de concienciación.
 
Gráfico
 
 
Jesús Hernández Galán
Director de Accesibilidad Universal e Innovación

 

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